Descripción:

En el caso de los planes de igualdad, existe la prohibición para el sector público de contratar para empresas de más de 50 trabajadores que no cuenten con este documento aprobado y registrado. Esta disposición está en vigor desde el 1 de enero de 2023 y será aplicable a todas las licitaciones a partir de la fecha. 

Es importante destacar que normalmente se premia a aquellas empresas que tienen implantado un Plan de Igualdad, aún si no están obligadas a hacerlo. Esto tiene un peso entre los criterios de valoración a la hora de elegir a la empresa adjudicataria. En muchas ocasiones y cada vez más, se valora con un determinado número de puntos el hecho de disponerlo. 

Esto supone en la práctica de las empresas de menos de 50 trabajadores, una dificultad para conseguir un contrato público si no se dispone de un plan de igualdad registrado. Recordemos que, en su proceso de implementación, también será necesaria la elaboración de otros documentos. Algunos son el diagnóstico de situación de la empresa, auditoría retributiva y registro retributivo.